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¿Es legal que un país juzgue penalmente al presidente de otra nación durante sus funciones?

Conoce sobre la inmunidad de los Jefes de Estado frente a otros países conforme al derecho internacional, así como en que casos pueden ser juzgados por sus crímenes.

No, es ilegal conforme al derecho internacional.

La Corte Internacional de Justicia ya ha dicho que es un principio firme del derecho internacional que los Jefes de Estado tienen inmunidad frente a otros países.

Es decir, que no pueden ser juzgados.

Pero hay que hacer una clara diferencia entre inmunidad e impunidad.

La prohibición de juzgar a un Jefe de Estado es para que el funcionario pueda cumplir con sus funciones primordiales.

Por eso, esta inmunidad sólo dura mientras la persona esté en el cargo.

Pues una vez que termine, podrá ser juzgado. (CASE CONCERNING THE ARREST WARRANT OF 11 APRIL 2000 (DEMOCRATIC REPUBLIC OF THE CONGO v. BELGIUM)

Aunque la Corte no se refirió a la posibilidad de juzgarlo por actos cometidos durante su encargo en su carácter oficial como presidente.

Estos actos, en principio, tienen inmunidad permanente.

Sin embargo, existen avances en el derecho internacional sobre las excepción de este tipo de inmunidad.

Esto es que el Jefe de Estado pueda ser juzgado después de su encargo, aunque sean por actos cometidos oficialmente, si se tratan de crímenes de lesa humanidad. (Draft articles on immunity of State officials from foreign criminal jurisdiction)

Pero esta regla solo aplica entre Estados, entre gobiernos de los países. Pues, respecto a las Cortes internacionales, es otra historia. Aquí no hay inmunidad. Pueden ser juzgados en cualquier momento por una Corte Internacional.

Así lo dijo la Corte Internacional de Justicia; y recientemente la Corte Penal Internacional inclusive dijo que si emite una orden de arresto contra un Jefe de Estado, los Gobiernos de otros países no pueden negarse arrestarlo bajo el argumento de que tienen inmunidad, deben acatar. (No. ICC-02/05-01/09 OA2 Date: 6 May 2019)

En resumen, si un Presidente está en funciones, ningún otro gobierno puede arrestarlo. Salvo que la Corte Penal Internacional ordene su arresto.

Referencias

Corte Internacional de Justicia (CIJ): Arrest Warrant of 11 April 2000 (Democratic Republic of the Congo v. Belgium)

Corte Penal Internacional (CPI): The Prosecutor v. Omar Hassan Ahmad Al-Bashir, Appeals Chamber Judgment in the Jordan Referral re Al-Bashir Appeal, No. ICC-02/05-01/09 OA2, 6 May 2019.

Comisión de Derecho Internacional (ILC): Draft articles on Immunity of State officials from foreign criminal jurisdiction, Report of the International Law Commission, 73rd Session (A/77/10), 2022.

Oxford Public International Law: Heads of State, Max Planck Encyclopedias of International Law [MPIL].

Braulio Emiliano Garduño Ibarra
Braulio Emiliano Garduño Ibarra
Licenciado en Derecho, ITESM (2018) | LL.M. in International Law and Comparative Law, Trinity College Dublin (2023) | Estudiante de investigación de posgrado de la Universidad de Liverpool (Doctorado 2024-2028) | Abogado especializado en derecho constitucional, comparado y derechos humanos. Apasionado por el derecho y su historia y comprometido con su difusión.

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