¿Una Universidad puede negar la entrega de un título a un Alumno por tener adeudos?
Una egresada de la Universidad de Chile le fue condicionada la entrega de su título universitario por adeudos. Particularmente, la Universidad sujetó la continuación de su titulación al pago de la deuda que tenía por el pago de arancel universitario.
La Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile consideró que la egresada, a pesar de su adeudo, tenía derecho a completar su titulación, al ser esta etapa parte del derecho a la educación. Además, de que existen medios legales para que la Universidad exija el pago del adeudo.
La Sala aclaró que si bien existe una Ley que permite a las universidades condicionar el proceso de titulación a que el alumno pague los aranceles pendientes, dicha norma entró en vigor en 2018, es decir, después de que la egresada iniciaría sus estudios.
Por lo que, la Corte consideró que la ley no tenía efectos retroactivos y por lo tanto no podía aplicársele a la egresada.
Así, la Corte Chilena concluyó que la negativa de la Universidad era ilegal e inconstitucional y le ordenó que iniciara el trámite de titulación de la demandante sin condicionarlo al pago del arancel adeudado.
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Referencias
Caso: Sentencia de 25 de abril de 2024. Rol N° 238.354-2023. Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile.