Se niega medida para permitir que padres excluyan a sus hijos de exponerse a libros LGBTQ
Un grupo de padres reclamaron judicialmente la decisión del Consejo de Educación (Board of Education) del Condado de Montogmery en Maryland, Estados Unidos de incluir libros LGBTQ inclusivos en la curricular de lengua y literatura inglesa. Concretamente, que no les dieron previo aviso y la oportunidad de excluir a sus hijos de ser expuestos a dicho contenido. Los padres argumentaron que la decisión del Consejo vulneró sus derechos bajo las cláusulas de libre ejercicio y debido proceso tuteladas por la Constitución de Estados Unidos. Por ello, promovieron un ‘preliminary injuction’. Es decir, una medida provisional, que ordene que el Consejo les diera aviso y la opción de excluir a sus hijos de recibir el contenido. Una Corte de Distrito rechazó la petición.
Los padres impugnaron dicha decisión ante una Corte de Apelación. Alegaron que se vulneraba su libertad para ejercer su religión y su derecho al debido proceso para dirigir la educación de sus hijos. Sin embargo, la Corte Federal de Apelación del Cuarto Distrito también rechazó la petición. Dado que, hasta ese punto inicial del litigio, los padres no superaron la carga de prueba requerida para obtener una ‘preliminar injuction’. El Tribunal fue insistente en mencionar que, en el momento, el expediente no estaba lo suficiente integrado para sustentar su petición. Por ello, confirmaron la decisión de la Corte de Distrito. Conoce a continuación el contexto y las razones del fallo.
I. Antecedentes
Contenido de los Libros | Libros LGBTQ Inclusivos
Las obras materia de la controversia son libros aprobados como parte del plan de estudios de lengua inglesa para las escuelas públicas del Condado de Montgomery en Maryland. Se tratan de libros, según destacó la Corte, en los que se expresan las posturas de los autores sobre la orientación sexual e identidad de género. En ellos se retratan personajes homosexuales, transgénero y no binarios en diversas situaciones. Aunque, la Corte destacó que existía poca información en el expediente sobre como estos libros han sido o serán integrados en la variedad de obras ofrecidas para el plan de estudios de artes de lenguaje.
Controversia sobre su inclusión
Según se relata en la sentencia, la implementación de los libros LGBTQ inclusivos en las escuelas del Condado de Montgomery para el año escolar de 2022-2023 fue muy polémica. Provocó una serie de reacciones tanto, de maestros, administradores como padres sobre su eficacia y adecuación para la edad de los menores. Es decir, aunque algunos reclamos se basaron en creencias religiosas, también se alegó que los temas y contenidos de las obras no eran apropiados para la edad de los niños. Por ello, muchos padres buscaron que sus hijos estuvieran exentados de leerlos.
Cambios en las políticas de implementación de los libros LGBTQ inclusivos
En el primer año se dio previo aviso a los padres y se permitió que tuvieran la posibilidad de excluir que sus hijos no leyeran los libros. Sin embargo, para el año 2023-2024, el Consejo de Educación informó que esta opción ya no sería disponible. Es decir, a partir de este año, no se les avisaría a los padres ni tendrían la posibilidad de elegir que sus hijos no tuvieran exposición a los libros LGBTQ inclusivos. La Corte de Apelaciones destacó que era desconocido la razón concreta que motivó a tomar esta decisión. Sin embargo, posteriormente se dieron diversas razones.
Por ejemplo, que esta política de previo aviso y exclusión provocó un alto número de abstencionismo estudiantil. Lo que generó preocupaciones sobre la posibilidad de acomodar a este número de alumnos sin alterar el ambiente estudiantil y la misión educativa. Además, de constituir una carga muy pesada para el personal académico para tener presente que alumnos si pueden tener acceso a los libros. Así como elaborar un plan alternativo para los estudiantes que no estarían presentes. Asimismo, el Consejo argumentó la preocupación de que la política aísle y estigmatice a las personas que sus circunstancias se ven proyectadas en los libros.
II. Procedimiento Judicial
Demanda
Este cambio en la política provocó que diversos padres presentaran una demanda ante una Corte Federal de Distrito en el Distrito de Maryland. Los padres alegaron la vulneración a sus derechos y de sus hijos a la libertad de ejercicio, de expresión, debido proceso y a la ley estatal de Maryland. Cabe precisar que los demandantes no impugnaron la adopción de los libros LGBTQ inclusivos ni pretenden que se prohíba su distribución en las escuelas. Su reclamo se centró en permitir que se les de previo aviso y la posibilidad de optar que sus hijos no lean esas obras.
Esencialmente, los padres alegaron que tienen un deber religioso a educar a sus hijos conforme a sus creencias sobre diversos temas como el género, el matrimonio, sexualidad y demás relacionados. Por lo que, desean tener control sobre la educación de sus hijos en esos temas. Ya que consideraron que las posturas ideológicas expuestas en los libros contradicen sus puntos de vista. Por ello, demandan que sus hijos no sean expuestos a estas obras. Así, los padres consideraron que la decisión del Consejo de no avisarles y quitarles la oportunidad de excluir que sus hijos tengan acceso al contenido de los libros, vulnera su libertad para ejercer su religión y su derecho al debido proceso para dirigir la educación de sus hijos.
En su demanda, los padres solicitaron un ‘preliminary injuction’ para prohibir que se exponga forzosamente el contenido de los libros LGBTQ inclusivos a sus hijos, se les diera previo aviso y se les permitiera no optar por su uso. Cabe señalar que a ‘preliminary injuction’ es una medida precautoria dictada al inicio de un procedimiento para impedir que el demandado lleve a cabo acciones perjudiciales o que actué de cierta forma. Ello para que se conserve el estado de las cosas a fin de que se resuelva el juicio[1]. La decisión sobre la solicitud de esta medida cautelar es lo que fue materia de la sentencia.
Decisión de Corte de Distrito y apelación
La Corte de Distrito rechazó conceder el ‘preliminary injuction’. Dado que estimó que los padres no demostraron que tendrían éxito en el juicio (cognizable burden). Es decir, que no probaron que obtendrían una sentencia favorable que decidiera el juicio. Siendo este un requisito necesario para conceder esta medida precautoria. En consecuencia, los padres impugnaron la anterior decisión mediante una apelación interlocutoria. Este recurso le correspondió conocer a la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Cuarto Distrito.
III. Consideraciones de la sentencia de la Corte de Apelaciones
Estándar de la prueba a superar
La Corte de Apelación recordó que para conceder un ‘preliminary injuction’ se requiere superar un alta carga de la prueba. La procedencia de esta medida depende de que el solicitante demuestre que:
- Es probable que tenga una sentencia favorable, en el fondo del asunto (on the merits)
- Es probable que sufra un daño si no se concede la medida
- Que el balance de equidades se torne en su favor
- Que está en el interés público conceder la medida cautelar
En el caso concreto, la Corte de Apelaciones precisó que los padres debían demostrar que denegarles la posibilidad de optar que sus hijos no sean expuestos al contenido de los libros, los coacciona a ellos o a sus hijos a creer o actuar contrariamente a sus creencias religiosas.
Insuficiencia probatoria | Reclamo de libertad de ejercicio
El Tribunal de Apelaciones estimó que los padres no demostraron superar esta carga de la prueba (cognizable burden) para sustentar su reclamo sobre la libertad de ejercicio. Dado la amplitud de sus reclamaciones y lo limitado del expediente. La Corte consideró que los padres no demostraron la probabilidad de que tendrían éxito en el juicio (on the merits). En particular sostuvo que no existía evidencia de que la decisión del Consejo obligaba a los padres o a sus hijos a cambiar sus creencias religiosas o conducta. Se aclaró que conforme a los precedentes de la Suprema Corte es necesario que exista una presión -directa o indirecta- para abandonar la religión o actuar contrario a estas creencias. Sin embargo, el expediente no demostraba que la exposición a los libros obligara a los padres o a sus hijos a actuar indudablemente en contra de sus creencias religiosas. Por ello, los jueces concluyeron que el precedente Yoder, 406 U.S., citado por los padres, no apoyaba sus argumentos.
Aclaración | Posibilidad de demostrar la transgresión en el juicio
Es importante precisar que la Corte fue enfática en aclarar que las violaciones reclamadas pudieran demostrarse posteriormente con evidencia suficiente. Por ejemplo, que los padres exhibieran pruebas de que la sola exposición de niños de educación primaria a los libros y discursos relacionados, son equiparables a coerción. No obstante, los jueces precisaron que no es su deber determinar el valor pedagógico de los libros. Su deber es verificar si los padres demostraron una probabilidad de éxito en su reclamo de libertad de ejercicio. Lo que hubiera requerido demostrar la existencia de una coerción con motivo de la exposición a los libros. Empero, se reiteró que no obra evidencia en el expediente que sustentara tal afirmación. Por lo que, el tribunal no podía arribar a una conclusión en ese momento.
La Corte explicó que entendía que el argumento de los padres es que los libros pudieran usarse para confundir o engañar a sus hijos. Destacadamente, que la discusiones sobre estos temas pudieran adoctrinarlos en perspectivas contrarias a su libertad de religión. No obstante, el tribunal reiteró que ello no estaba comprobado en el expediente. Por lo que, un expediente más robusto e integrado pudiera cambiar el resultado, como ha sido en otros casos de libertad de ejercicio.
Inaplicabilidad del estándar de prueba | Acceso a beneficios públicos
Los padres sustentaron -en diversos precedentes- que el estándar para demostrar la carga de la prueba era el acceso a beneficios públicos. Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó el argumento. Esencialmente, porque el Consejo no condiciona el acceso a la escuela a afiliaciones religiosas o creencias de los padres o sus hijos. La Escuela está abierta a todo el público. De modo que, el Consejo no penaliza a los padres al requerirlos que desobedezcan sus creencias religiosas para enviar a sus hijos a la escuela pública. Los padres también argumentaron que las acciones del Consejo son coercitivas, ya que los obligaría a gastar más para buscar una escuela pública alternativa. Sin embargo, la Corte de Apelaciones -con base en la jurisprudencia- rechazó tal argumento, ya que, posibles costos adicionales no sustentan obtener la medida precautoria. Aun cuando se situé a los padres en una situación indeseable, pues no es una posición inconstitucionalmente coercitiva.
Conclusión
Por lo expuesto, la Corte de Apelaciones concluyó que los padres no exhibieron pruebas suficientes que demostraran la carga de la prueba necesaria para obtener una medida cautelar (preliminary injuction). Es decir, que no probaron que tuvieran la probabilidad de obtener una sentencia favorable en el fondo del asunto. Particularmente, que no existían pruebas en el expediente que demostrara que la implantación de los libros coacciona a los padres o a sus hijos a creer o actuar contrario a su religión. En consecuencia, el tribunal sostuvo que no podía concluir que la política reclamada, por si misma, creara un ambiente coercitivo. Así, la Corte indicó que los padres no demostraron que la falta de aviso previo y de una oportunidad para que sus hijos sean excluidos del material, constituya una probable transgresión a su derechos de libertad de ejercicio. Por consiguiente, la Corte de Apelaciones confirmó la sentencia de la Corte de Distrito.
IV. Voto disidente
Sí se demostró la posibilidad de obtener una sentencia favorable
No todos los jueces estuvieron de acuerdo con la decisión. El Juez de Circuito Quattlebaum emitió un voto disidente. En síntesis, el Juez estimó que los padres si demostraron la probabilidad de un obtener un fallo en su favor. En sus argumentos, el Juez sostuvo que las Cortes dejan en manos de las escuelas -por regla general- las decisiones sobre planes de estudio. No aquellas decisiones que obstaculicen la libertad de religión, en una forma que no sea neutral ni de aplicación general. Tales decisiones sólo serán constitucionales si se ajusten estrictamente a un interés gubernamental imperioso. Por ello, el juzgador consideró que los padres podrían tener éxito en el fondo en relación con que el uso de los libros obstaculiza su libre ejercicio de religión. Así como en demostrar que la decisión del Consejo no es ni neutral y de aplicación general. También que podrán tener éxito en probar que la decisión no se sostiene bajo un estándar de escrutinio estricto. Por ello, el Juez opinó que lo procedente era conceder la medida precautoria y revocar la decisión de la Corte de Distrito.
Consulta la sentencia Mahmoud v. McKnight
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Referencias
Caso
Mahmoud v. McKnight, No. 23-1890 (4th Cir. 2024)
Nota al pie de página
- [1] Consulta: https://www.law.cornell.edu/wex/preliminary_injunction