Una madre negó vacunar a su hija recién nacida a pesar la insistencia de una Clínica médica, la cual acudió a la justicia chilena para que se autorizara la vacunación de la menor.
Antecedentes
Una Clínica promovió un recurso de protección para garantizar el derecho a la vida, salud e integridad física de una recién nacida en contra de la negativa de su madre para vacunarla.
La Clínica expuso que la madre ingresó para dar a la luz a la menor, pero rechazó que vacunaran a su hija. Aunque la Clínica le manifestó la importancia de las vacunas, la madre no cambió su decisión. Las vacunas en cuestión eran para proteger a los niños en contra de la tuberculosis y hepatitis B.
Sentencia
La Corte de Apelaciones de Talca concedió la razón a la Clínica. En principio, la Corte subrayó que las vacunas en contra de la tuberculosis y hepatitis B son obligatorias para los recién nacidos. También consideró que la madre rechazó vacunar a su hija, bajo la justificación de que el padre sufre de reacciones alérgicas respecto a éstas.
Sin embargo, el Tribunal destacó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Arica, en la sentencia Rol 702-21, la cual fue confirmada por la Corte Suprema de Chile. Particularmente, citó las consideraciones relativas a que, ante un conflicto entre la voluntad de los padres y el interés superior de sus menores hijos, debe prevalecer este último. Por lo que, la decisión de los padres de no vacunar a su hija es contraria a su derecho a la vida e integridad física.
La Corte también citó las consideraciones de dicha sentencia, relativo a que la inyección de vacunas constituye una excepción a la decisión del paciente a rechazar un tratamiento médico conforme a su autonomía personal. Debido que, la autonomía está limitada a la no afectación del derecho de otros. En tanto que, el rechazo de las vacunas pone en riesgo a la demás población por posibles brotes de enfermedades.
Así, la Corte de Apelaciones concluyó que al rechazar la vacunación se arriesga a la población, por lo que, desde una visión ética y bajo el principio de solidaridad, se justifica la obligación de las vacunas. Dado que, la Corte consideró como bien superior la protección de la población por la cobertura de las vacunas.
Efectos de la sentencia
En consecuencia, la Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección promovido por la Clínica en contra de la madre de la menor, autorizando vacunar a la recién nacida. Adicionalmente, ordenó remitir los antecedentes a un Juzgado Familiar, para que examine que no exista otra afectación a los derechos de la menor. Ya que, la Corte consideró que la negativa de que se le suministraran vacunas a su hija, muestra la falta de conciencia en los deberes parentales.
Revisa la sentencia Rol N°662-2024
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Referencias
Caso.
Sentencia Rol N°662-2024/Protección. Corte de Apelaciones de Talca